Ana Yuritzi y la Ley Olimpia

Isaac Ocampo García

A principio de está semana en conferencia de prensa la ex diputada y ex perredista Ana Yuritzi Leyva Piñón, comentó que el PT -ahora su partido político- dentro del marco de su

agenda legislativa que va encaminada al tema de género, presentarán una  propuesta de iniciativa para erradicar la violencia en contra de las mujeres. Comentó que a la ley aprobada le faltaría definir la violencia digital como el ciberacoso, ciberporno y cibervenganza, pues únicamente se tipificó, como pornografía no consentida. Cuando en la Ley Olimpia, el término correcto es, en la violencia digital. 

En los meses de noviembre y diciembre, a nivel federal estuvo a debate la Ley Olimpia. La Ley Olimpia. Es un conjunto de reformas a los códigos penales de cada entidad federativa, mediante los cuales se reconoce la violencia digital. Que es ciberacoso, el ciberporno, cibervenganza, el acoso sexual como un tipo de delito y violencia contra las mujeres. Por lo que se establecen sanciones como: multas económicas, o penas de cárcel para quienes difundan en el internet, contenidos íntimos de otras personas sin su consentimiento. 

¿Por qué es llamada Ley Olimpia? Es gracias al activismo de Olimpia Coral Melo. Una chica que cuyo video íntimo fue difundido en Internet, en el estado de Puebla, sin su consentimiento, y que al denunciar una serie de agresiones por vías telefónicas, por mensajes de diversas personas, ella tuvo que hacer una denuncia, se encontró con que esté delito no estaba tipificado en el código penal. De ahí, armó, como activista, un frente nacional por la sororidad, fundada por ella misma, y que al día de hoy, hay 16 estados donde ya está aprobada está Ley Olimpia. De hecho el Estado de México la aprobó el 15 de agosto, pero, con un concepto distinto. La fracción del grupo parlamentario que la presentó, en mi opinión, de manera rápida, y sin la adecuada investigación, pues la tipificó, como pornografía no consentida. Cuando en la Ley Olimpia, el término correcto para tipificar es, en la violencia digital. Entonces, esa es la reforma, diputado, que estamos haciendo, adecuarla correctamente, y también, a su vez, que esté delito esté tipificado en la ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia; porque esa modalidad de violencia no está correctamente tipificada, sí a nivel federal, pero se tiene que homologar en la ley de acceso del estado de México. Que también te diría en estos momentos, estaríamos, diputado, entregando en tus manos para que también pudiera homologarse y que  pudiera ser una nueva modalidad la violencia digital con estos agregados la violencia cibervenganza, ciberporno y, acoso sexual.