Aprueban congresitas. Protección a familiares de violencia de género

**En feminicidio, familiares o dependientes económicos quedan en desamparo: Mariana Uribe

**Mujeres tienen derecho a decidir libremente sobre el número de hijos

Toluca, Méx,. a 01 de octubre de 2020. El Congreso Mexiquense aprobó por unanimidad reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México, para garantizar protección institucional y acceso a la justicia a familiares y/o dependientes económicos de la víctima.

Al presentar el dictamen final de su propuesta, la diputada Mariana Uribe Bernal precisó que era necesario realizar diversas reformas a disposiciones en materia de violencia de género.

Era necesario incluir a la parte ofendida ante cualquier modalidad de violencia de género, y garantizar la protección institucional especializada, asegurar el acceso pronto, eficaz y transparente de la justicia e incorporarlas en las acciones de gobierno para su atención. 

En casos de violencia contra la mujer, solo se definía a la víctima y al agresor, pero no se consideraba al resto de familiares afectados.  los sujetos afectados. 

“Cuando se trata de un feminicidio no únicamente concierne a la occisa, sino a sus familiares, o dependientes económicos de ésta, quienes son directamente afectados al quedar desamparados, pues dependían de la víctima, por ello era urgente estas reformas para garantizar la protección y defensa de los derechos reconocidos en la constitución y en los instrumentos internacionales”, precisó la morenista.

Las reformas incluyen también como persona ofendida en casos de violencia de género a él o la cónyuge, la concubina o concubinario, el conviviente, los parientes por consanguinidad en la línea recta ascendente o descendente sin limitación de grado, por afinidad y civil, o cualquier otra persona que tenga relación afectiva o dependencia económica con la víctima.

La reforma promovida por la diputada Mariana Uribe a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México, también configura la violencia obstétrica cuando se niegue a la mujer el acceso a tratamientos en caso de infertilidad o el uso de métodos anticonceptivos. 

Y establece el derecho de las mujeres a y los derechos que tienen las mujeres a decidir libre y responsablemente el número de hijos, su espaciamiento y oportunidad.