Aprueban en comisiones reformas contra violencia política y paridad de género

** Además con estos mecanismos se protegen los derechos de las mujeres a participar en la vida política, al sufragio, a ocupar cargos públicos y de alto mando, a salarios iguales, sin que exista restricción alguna.

Toluca, Mex., a 12 de agosto de 2020. Por unanimidad, integrantes de las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales, con Electoral y Desarrollo Democrático, y Para la Igualdad de Género aprobaron diversas reformas a ordenamientos legales en materia de violencia política contra mujeres y paridad de género, y que impiden a agresores o deudores alimentarios contender por cargos públicos.

Los dictámenes son resultado de la iniciativa presentada por las diputadas Karina Labastida Sotelo y Mariana Uribe Bernal en ambos rubros, y también se consideraron iniciativas propuestas por el PAN y el PRD en materia de violencia política y para eliminar el lenguaje sexista, así como aportaciones de magistradas, consejeras, juezas y del colectivo 50+1 capítulo Estado de México. 

Diputadas y diputados aprobaron dos dictámenes uno referente a reformas constitucionales sobre paridad de género donde se hace referencia a gobernadora, comisionada, consejera, candidata, magistrada, jueza, senadora, diputada, presidenta, regidora, síndica y los derechos de las mujeres a ejercer estos cargos, y otro dictamen fue sobre reformas a diversos ordenamientos en la materia.

La diputada Karina Labastida recordó que con estas reformas se armoniza la legislación local con la federal y se abre brecha para dar certeza a quienes serán candidatas en el próximo proceso electoral. 

“Estamos dando un paso importante en el tema de violencia política y paridad de género, las que estamos ocupando espacios tenemos que abrir brechas para quienes van a ser candidatas no sufran de esta violencia, y si sufren de esta violencia, tengan cómo defenderse”, precisó Labastida.

Destacó que sobre la prohibición para que quienes tengan sentencias por violencia política de género, sean deudores alimentarios en el estado u otra entidad, por delitos sexuales o de violencia no podrán ser candidatas ni candidatos, y no existe temporalidad para ello, iniciativa que fue presentada por el diputado morenista Gabriel Gutiérrez Cureño. 

Adicionalmente la Fiscalía deberá tener un padrón actualizado de estas personas y el Instituto Electoral tendrá obligación de pedir informes sobre los posibles candidatos, por si aparecen en “la lista negra”.

Mariana Uribe Bernal recordó que llegar a estas reformas fue resultado de un largo proceso en el que se escucharon las voces de víctimas, colectivos y sociedad civil, así como de todos los grupos parlamentarios. 

“Hoy más que nunca, el androcentrismo y machismo quedara reducido en cenizas, la voz de las mujeres será escuchada y respetada, la agenda legislativa seguirá enfocada en la igualdad sustantiva, en el combate y erradicación de cualquier forma de discriminación y violencia que lacere la integridad y dignidad de las mujeres”.

Además con estos mecanismos se protegen los derechos de las mujeres a participar en la vida política, al sufragio, a ocupar cargos públicos y de alto mando, a salarios iguales, sin que exista restricción alguna que se traduzca en un retroceso en la evolución de la democracia en México y patente de una misoginia renuente a vetar dicho ejercicio femenino.

Xóchitl Flores destacó que es necesario eliminar los obstáculos que impiden hacerlo en condiciones de igualdad con los varones, estas reformas son históricas en la entidad, pues reafirman el compromiso con la ciudadanía, el trabajo en conjunto causará un gran impacto en la vida política sana.

Una de las principales reformas establece que la propaganda política o electoral que realicen y difundan los partidos políticos, candidatas y candidatos deberán abstenerse de expresiones que calumnien a las personas o que contengan violencia política en razón de género.

En la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México, se establece la violencia política de género, ejercida en la esfera pública o privada que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar, el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de su cargo, labor o actividad, la toma de decisiones, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas.

En materia electoral, la reforma establece que los derechos político-electorales, se ejercerán libres de violencia política contra las mujeres en razón de género, sin discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidades, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana o tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.