México obligado a rendir cuentas y atender a cinco millones de mujeres indígenas
Por Sara Lovera / SEMlac / Rebelión
El gobierno mexicano deberá poner fin obligadamente a la discriminación, marginación, despojo de tierras, pobreza y la espiral de violencias de género, feminicidios y muertes anticipadas por la falta de servicios de salud a mujeres y niñas indígenas, según la RG39 sobre sus derechos adoptada el pasado miércoles 25 de octubre, en Ginebra, Suiza, por el comité de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).
La recomendación general se hizo tras 18 años de lucha de las colectivas y grupos de mujeres indígenas, de modo que serán los Estados que firmaron a partir de 1979 la CEDAW, ratificada por México en 1981.
Por tanto, deberá cumplirse a partir de ahora y será monitoreada por las organizaciones de mujeres, por el Comité que la adoptó y por los organismos de Derechos Humanos mandatados por la Constitución a vigilar la política de género en este país, en beneficio al menos de cinco millones de mujeres de los pueblos originarios.
El texto está nutrido de demandas y experiencias de las mujeres movilizadas por sus derechos y, pese a los avances en derechos humanos, los gobiernos están obligados a atender, promover y resolver las consecuencias de las injusticias históricas que viven las niñas, adolescentes y mujeres indígenas.
Esta recomendación pide el fin al despojo de sus tierras, a la falta de agua, a la discriminación, a su muerte o enfermedad por la falta de servicios de salud y a los obstáculos para su participación política, por la persistencia del racismo y la discriminación.
El documento fue adoptado gracias a la experiencia de las indígenas, que durante años se acercaron a la ONU; mostraron hechos, estudios y demandas sobre su condición. Obliga a los gobiernos, como el de México, a terminar con la trata, la esclavitud sexual y laboral; contra los impedimentos para recibir buena y suficiente educación; a respetar su espiritualidad y sus creaciones culturales y artísticas y a participar sin violencia en la vida social y política.
Se escuchó en voces de mujeres y niñas indígenas cómo se enfrentan a la discriminación y a la violencia de género, cometidas con frecuencia por autoridades: Son formas de violencia y discriminación muy visibles y que a menudo quedan en la impunidad.
Un hecho histórico luego de 18 años
Esta recomendación se convirtió en el primer instrumento derivado de la Convención que incorpora todos los derechos de las mujeres indígenas, como económicos, sociales, culturales y políticos, por lo que es «un hecho histórico», afirmó la presidenta del Comité, Gladys Acosta Vargas, quien dijo a SEMlac que ahora toca lo más difícil: la puesta en marcha de la recomendación surgida de esa lucha de las mujeres que ahora cobra vida.
Por su parte, Nasheli Ramírez Hernández, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México, dijo a este servicio que es de destacar que, en esta capital de la República, se asientan al menos 289.139 indígenas, de los cuales 146.619 son mujeres y 142,520 hombres.
El documento señala que las mujeres y niñas indígenas también suelen tener un vínculo y una relación inextricables con sus pueblos, tierras, territorios, recursos naturales, cultura y cosmovisión. Y dice que, además, para abordar y prevenir la discriminación contra las mujeres y las niñas indígenas es necesario integrar a las acciones gubernamentales una perspectiva de género, de mujeres indígenas; interseccionalidad, intercultural y multidisciplinaria.
La recomendación que se adoptó es la RG39 sobre los derechos de las mujeres y las niñas indígenas, plasmada en un documento de nueve páginas que resume las demandas y esperanza de las indígenas.
Señala que los gobiernos tendrán que abordar las consecuencias de las injusticias históricas derivadas de las políticas de asimilación forzada y deberán proporcionar apoyo y reparaciones a las comunidades afectadas, como parte de la justicia, la reconciliación y el proceso de construcción de sociedades libres de discriminación y violencia contra las mujeres y las niñas indígenas.
Los gobiernos están obligados a actuar no solo en las zonas rurales, sino en las zonas urbanas y en ciudades, donde las mujeres y niñas indígenas se enfrentan al racismo, la discriminación, los efectos de las políticas de asimilación y la violencia. Es el caso de los 40 grupos en la Ciudad de México.
Apenas antes de terminar las sesiones
La adopción se hizo a 48 horas que terminara el período de Sesiones del Comité, el cual afirma que las organizaciones de mujeres indígenas reconocen avances en el respeto y garantías para el cumplimiento de los derechos humanos, pero reclaman a sus gobiernos una verdadera protección y garantías, puesto que esta es aún insuficiente.
La Recomendación General identifica el papel clave de las mujeres indígenas como lideresas, portadoras de conocimientos y transmisoras de cultura dentro de sus pueblos, comunidades, familias y de la sociedad en su conjunto.
Hasta ahora, la Convención no menciona en su texto a las mujeres indígenas y no establece obligaciones específicas para los Estados, lo que es un obstáculo para su exigencia. Las indígenas alegan que el alcance de algunos de los derechos no incluye las formas particulares en las que ellas experimentan y critican la escasa atención del Comité.
El texto señala que, entre 1994 y 2011, solo 69 informes nacionales de un total de 332 hacen referencia a las mujeres indígenas, por lo que ahora la Recomendación General busca «orientar» a los Estados sobre medidas legislativas, políticas y de otro tipo para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones en relación con los derechos de las mujeres y las niñas indígenas bajo los principios que establece la CEDAW.
Ya adoptada, deberá aplicarse a las mujeres y niñas indígenas, tanto dentro como fuera de los territorios autóctonos.
El texto de la recomendación da voz a las indígenas como agentes impulsoras y lideresas dentro y fuera de sus comunidades, la misma que ha sido tomada en cuenta en el proceso de su elaboración.
¿Cuáles son los derechos que protege la Recomendación?
Hoy los estados estarán obligados y serán vigilados por el Comité para garantizar los derechos de las mujeres y las niñas indígenas, como las que viven en aislamiento voluntario; a su libre determinación y a la integridad de sus tierras, territorios y recursos naturales, su cultura, su cosmovisión y su entorno.
Otro aspecto sobresaliente es la obligación de los Estados a garantizar sus derechos a la participación efectiva, consulta, y consentimiento antes de la adopción y aplicación de medidas legislativas o administrativas que puedan afectarles.
Considera que una de las causas fundamentales de la discriminación que viven es la aplicación inadecuada de su derecho a la libre determinación y a la autonomía, manifestado en el continuo despojo de sus tierras, territorios y recursos naturales, no respetando que el vínculo vital entre las mujeres indígenas y sus territorios constituye la base de su cultura, identidad, espiritualidad, conocimientos ancestrales y de supervivencia.
Hoy, estas mujeres indígenas se enfrentan a la falta de reconocimiento legal de sus derechos a la tierra y los territorios y a grandes lagunas en la aplicación de las leyes existentes para proteger sus derechos colectivos.
Encima, la violencia de género que afecta negativamente a sus vidas, incluyendo la violencia psicológica, física, sexual, económica, espiritual, política y medioambiental, tanto como la violencia doméstica y laboral; la ejercida en instituciones públicas, educativas, de salud, penitenciarias y laborales.
Advierte que las mujeres y las niñas indígenas corren un riesgo desproporcionado de sufrir violaciones y acoso; asesinatos y feminicidios por motivos de género; desapariciones; trata de personas; formas contemporáneas de esclavitud; explotación de la prostitución de las mujeres y las niñas; servidumbre sexual; y trabajo doméstico que no es decente, seguro y adecuadamente remunerado.
El Comité destaca en particular la gravedad de la discriminación y la violencia de género contra estas mujeres, con discapacidad que viven en instituciones.
Los problemas medioambientales, como el cambio climático, suponen un obstáculo para los derechos a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible; deberán tener acceso a la seguridad alimentaria y al agua, y a su supervivencia e integridad cultural.
El Comité solicita a los Estados Partes a que elaboren y adopten leyes y políticas integrales para eliminar la discriminación contra las mujeres y las niñas indígenas, centradas en la participación efectiva de las mujeres y las niñas indígenas que viven dentro y fuera de los territorios indígenas.
La CNDH
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), en un boletín, se congratuló por la adopción de la Recomendación y destacó que se trata del primer instrumento internacional que comprende una perspectiva holística de las distintas dimensiones de los derechos humanos de las mujeres, jóvenes y niñas indígenas, así como la obligación de los Estados respecto a la promoción y protección de estos derechos. Destacó la importancia de este instrumento para combatir la discriminación que afecta a las niñas, adolescentes y mujeres indígenas.
Señaló que el marco normativo de sus atribuciones, la CNDH «se compromete a monitorear y dar seguimiento al cumplimiento de esta Recomendación».