Discute la LX Legislatura local, sancionar con cárcel venta de alcohol a menores

**En la 59 Legislatura la redujeron a simple falta administrativa

**El Estado de México es la segunda entidad federativa, después de la Ciudad de México, con más índice de venta de alcohol a menores

TOLUCA, Méx., a 26 de julio de 2021. Integrantes de la Comisión Legislativa de Procuración y Administración de Justicia, comenzaron la discusión de la iniciativa presentada por la bancada de Morena para reformar el Código Penal y sancionar con hasta 8 años de prisión a quien venda alcohol a menores de edad. 

La iniciativa presentada el año pasado por el diputado Gabriel Gutiérrez Cureño establece que el consumo de bebidas alcohólicas conlleva riesgos que van desde enfermedades físicas, conductas atípicas y hasta delictuosas; y en el caso de los menores, tienen un impacto negativo en su mente y conducta, con riesgos tan latentes como accidentes de tráfico, tránsito y violencia.

“Lamentablemente en la pasada legislatura se aprobó la despenalización por la venta de alcohol a menores, dejándola junto con la venta sin licencia como una falta administrativa solamente, muchos sectores alzaron la voz, pero no hubo respuesta alguna”, establece el proyecto presentado. 

La 59 legislatura con mayoría priísta, aprobó reformas al código penal a propuesta del Gobernador Eruviel Ávila y redujo la responsabilidad penal a una simple falta administrativa, y se derogó un párrafo donde se penalizaba el que se permitiera la entrada a menores de edad a antros, cantinas y bares. 

Al leer la iniciativa, el diputado Heliodoro Enrique Sepúlveda, refirió que con una población en riesgo de más de 5 millones de menores, el Estado de México es la segunda entidad federativa, después de la Ciudad de México, con más índice de venta de alcohol a menores; y de acuerdo con cifras oficiales, cerca del 60 por ciento de los menores ha probado alcohol antes de los 15 años. 

La propuesta morenista establece cero tolerancia a la venta de alcohol sin licencia, ya que además de las sanciones administrativas a dichos establecimientos su conducta, debe ser considerada punible y castigada para erradicarla de nuestra sociedad como un principio de defensa social. 

La iniciativa reforma el artículo 204, del Código Penal del Estado de México, y establece aumentar hasta en una mitad a quien venda y/o suministre bebidas alcohólicas a menores de edad, ya sea en envases cerrados, abiertos o para consumo por copeo. 

Además, a quien permita directa o indirectamente el acceso a personas menores de edad a establecimientos dedicados a la venta de bebidas alcohólicas como discotecas, bares, cantinas, pulquerías, centros nocturnos, centros de espectáculos, billares, centros de venta de cervezas o similares, se le aplicará de tres años a ocho años de prisión y de cien a ocho cientos días multa.

La fracción del PRI, consideró viable aumentar penas para quien suministre alcohol a menores, pero que no es jurídicamente factible sancionar con mayor severidad este supuesto por encima del suministro de sustancias tóxicas o drogas, por lo que propusieron encontrar un equilibrio en la penalidad y desalentar el ingreso de menores a bares, cantinas, sin penalizarlo, por lo que sugirieron que sea considerado solo sanción administrativa.