Liliana Góllas propone sancionar filtración de imágenes de víctimas
**Suma agravantes cuando sea en perjuicio de niñas y mujeres
Toluca, Méx., a 11 de marzo de 2021. La diputada Liliana Gollas Trejo presentó una iniciativa para reformar el Código Penal para penalizar la revelación o difusión indebida de imágenes, o información de víctimas, y establece agravantes cuando sea en perjuicio de niñas, adolescentes o mujeres y cuando sea cometido por servidores públicos.
En su intervención en tribuna, la legisladora recordó el caso de la joven Ingrid Escamilla, registrado en la Ciudad de México, quien fue asesinada y desollada por su pareja, y cuyas fotos fueron filtradas en redes sociales, y publicadas en medios de comunicación, afectando su dignidad como víctima y la de su familia.
Por ello, la iniciativa establece un tipo penal autónomo que establezca previsión de sanciones para las personas que de manera indebida revelen o difundan imágenes, archivos o información de una carpeta de investigación en trámite.
“La iniciativa busca instituir agravantes para los casos en los cuales la información difundida o revelada constituye una posible lesión a la dignidad o a la memoria de las víctimas directas o indirectas de un hecho con apariencia de delito”, apuntó la legisladora.
Liliana Gollas consideró que estas reformas buscan fortalecer la protección legal a los derechos de las víctimas y combatir la violencia mediática de género.
La propuesta sanciona a quien indebidamente difunda, entregue, publique o transmita, videograbe, fotografie, filme o comercialice, imágenes, audios, videos o documentos del lugar de hechos o hallazgo, indicios, evidencias relacionados con un delito, y se impondrán de 3 a 6 años de prisión y multa de 50 a 100 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización.
Y si se trata de imágenes, audios o videos de cadáveres o parte de ellos, de las circunstancias de su muerte, de las lesiones o estado de salud, las penas se incrementarán hasta en una tercera parte.
Tratándose de imágenes, audios o videos de cadáveres de mujeres, niñas o adolescentes, de las circunstancias de su muerte, de las lesiones o estado de salud, las penas aumentarán hasta en una mitad.
Las penalidades se agravarán si el delito es cometido por servidores públicos de Instituciones de Seguridad Pública u Órganos Jurisdiccionales del Estado de México, y se aumentará la pena hasta una mitad más de la que corresponda. Además, se impondrá la destitución definitiva del empleo, cargo o comisión públicos e inhabilitación para desempeñar otro de 5 a 15 años.