Maestros de planilla “Transformación Sindical” exigen reponer proceso interno del SMSEM por graves irregularidades

**Ley establece 10 días de difusión de la Convocatoria y solo se otorgaron 3; no puede haber democracia si solo hay una planilla

**Los integrantes del supuesto Órgano Electoral Independiente del SMSEM, encargado de organizar el proceso sindical de elección interna, son personas adscritas a la estructura del líder sindical

** El candidato a Secretario General de la planilla oficialista es “compadre” del actual dirigente Marco Aurelio Carbajal Leyva

**Acudieron al OEI a entregar recurso de queja, pero sus oficinas están vacías, denunciaron 

Toluca, Estado de México, 26 de septiembre de 2024.- Declarar la nulidad e invalidez de la Convocatoria y reponer el proceso electoral para elegir a los integrantes del Comité Ejecutivo Estatal 2024-2027 del Sindicato de Maestros al Servicio del Estado de México (SMSEM), a raíz de graves irregularidades como la operación parcial del Órgano Electoral Independiente (OEI) y la violación a la disposición sindical que establecen 10 días de difusión para que los integrantes de las planillas conozcan los términos y requisitos para competir y no 3 como se estableció y registró, fueron algunos de los argumentos que establecieron integrantes de la planilla “Transformación Sindical” encabezada por Jorge Rodríguez Rodríguez.

En conferencia de prensa registrada en Toluca, el Maestro Efrén Martínez Sánchez e integrantes de la planilla “Transformación Sindical”, sostuvieron que el proceso fue realizado a modo para que solo la planilla oficialista que tiene al frente al compadre del actual Secretario General del SMSEM, Marco Aurelio Carbajal Leyva, pudiera participar el próximo 13 de octubre fecha programada para que se verifique la elección a la que están convocados más de cien mil maestros.

A la “mala”, con “trampas” y actos “irregulares” contrarios a la ley y derechos de un trabajador magisterial sindicalizado, es como intentan dejarnos fuera de la contienda por el SMSEM”, coincidieron en señalar las y los maestros de la planilla referida, tras sostener que no puede haber democracia sindical si sólo se permite la existencia de una sola planilla.

Detallaron que, entre las irregularidades registradas en la fugaz etapa de conocimiento de la Convocatoria, está la emisión y cierre de la misma, ya que se hizo del conocimiento de las y los maestros estatales el jueves 19 y la inscripción para poder participar se cerró el sábado 21 de septiembre.

Periodo de tiempo reducido, tres días, que el Órgano Electoral Independiente otorgó para que más de cien mil maestros sindicalizados-afiliados al SMSEM y que potencialmente pudieran estar interesados en participar en alguna planilla, tuvieron para conocer los términos de la Convocatoria, reunir los requisitos, entregarlos y estar en posibilidad de participar en dicho proceso interno.

Participamos y cumplimos todos los requisitos, los establecidos en la Convocatoria e incluso los que no venían en dicho documento, pero lo que hizo el OEI fue ponernos trabas e impedir de una u otra forma que nuestra planilla u otra este en posibilidad de participar, sostuvo el maestro Efrén Martínez.

Detalló que a su planilla le otorgaron un tiempo de revisión de 6 horas.

“Aseguramos que ese tiempo tan prolongado de revisión, en comparación con la revisión de la documentación de la planilla oficialista que duro no más de 30 minutos para revisar 1,200 firmas de sus respaldos, fue porque nos revisaron con el afán de detectar y/o encontrar algún detalle u error”, dijo.

Fue así, detalló, el maestro Martínez, como procedieron a invalidar registros de delegados (maestros que respaldan a la planilla) por cuestión de fechas en el llenado de los formatos de apoyo, porque un nombre, supuestamente, no era legible e incluso, “mañosamente”, en la primera revisión nos dijeron que si procedían los registros, pero al momento de emitir su determinación de no permitir que la planilla compitiera, uno de sus argumentos fue que no reunimos el número de firmas de delegados suficientes, es decir el 10 por ciento de cada sección que puede ir de 60 a 80 registros de igual número de compañeros delegados.

En este sentido, los integrantes de la planilla precisaron que de último momento el OEI estableció requisitos que no estaban establecidos en la Convocatoria, por lo que no se respetaron principios de igualdad, publicidad y de transparencia consagrada en los Artículos 16 de la Constitución y Ley Federal del Trabajo.

Otro de los argumentos que esgrimió el OEI para negar el registro a la planilla “Transformación Sindical” fue el que establece la proporcionalidad respecto a la paridad, es decir que la mitad de los integrantes de la planilla fueran mujeres, pero como son 37 carteras-secretarias del sindicato nunca podría existir paridad porque es un número impar, es decir siempre habrá más mujeres u hombres en toda planilla.

Por último, los maestros inconformes anunciaron que días atrás acudieron a las oficinas del OEI para entregar su recurso de inconformidad, pero “casualmente” ya no se encontraba nadie porque dicha oficina está vacía y por ende nade pudo recibir el documento de inconformidad, pese a ello, se pegó el documento en la puerta para dejar constancia de que sí interpusieron un recurso de queja.

“En fecha 29 de abril del año en curso fue instalado el órgano electoral independiente mediante el consejo Estatal ordinario de manera fraudulenta debido a que los integrantes del mismo no cumplen con los requisitos establecidos en los estatutos del Sindicato de Maestros al Servicio de Estado de México en su Artículo 64 además de lo que se acredita que los ciudadanos Luis López Chantaca, Daniel Luis Maldonado Cuevas y Marlene Gutiérrez Nolasco son comisiones especiales sindicales subordinadas a la actual Secretario General Marco Aurelio Carvajal Leyva violando el principio de imparcialidad”, precisa un apartado del documento de queja pegado en la puerta del OEI.

En el apartado “Los agravios que causa el acto”, los integrantes de la planilla “Transformación Sindical”, establece:

“La violación de dos principios constitucionales de la democracia sindical atentando contra el principio de igualdad, publicidad y de transparencia consagrada en los Artículos 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley federal del Trabajo lo que impide la democracia sindical”.